en consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las diligencias hechas por LA COOPERATIVA GENTE DEL CAMPO, R. L.,representada por su Presidente de la Gerencia de Administración, ciudadano DANNY ALEJANDRO FLORES GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.502.533, domiciliado en San Antonio, Municipio Bolívar del Estado Táchira, y civilmente hábil; bastantes y suficientes para asegurarle sus derechos sobre unas bienhechurías y mejoras agrícolas, construidas sobre: Un lote de terreno sin nombre de 63 hectáreas, ubicado en el Sector Aeropuerto de la ciudad San Antonio, Municipio Bolívar del Estado Táchira, el cual se encuentra bajo rescate por el Instituto Nacional de Tierras (INTI). Dichas mejoras han sido fomentadas con dinero del propio peculio de la solicitante COOPERATIVA GENTE DEL CAMPO, R. L., y según informe realizado por el práctico designado en la prac.....