IV
DISPOSITIVO
Por todas las razones expuestas este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, conforme a las facultades establecidas en el artículo 253 de la Constitución de la República y por autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: SE DECLARA INADMISIBLE la demanda de ACCION MERO DECLARATIVA DE CERTEZA DE PROPIEDAD intentada por la ciudadana ROSA SUMARIA SANCHEZ DE MENDEZ, venezolana, mayor de edad, casada, de oficios del hogar, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.126.370, domiciliada en el Sector La Quinta, Aldea Guanare, Parroquia La Grita, Municipio Jáuregui del Estado Táchira, a través de su apoderada judicial abogado Aydee Teresa Ostos Ramírez, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro. 23.722, en contra de la ciudadana SATURNINA SANCHEZ ROSALES, venezolana, mayor de edad, soltera, de oficios del hogar, titular de la cédula de identidad Nro. V-1.....