DISPOSITIVO
En mérito de los precedentes razonamientos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
UNICO: SIN LUGAR la MEDIDA DE SECUESTRO solicitada sobre un inmueble constituido por un local comercial distinguido con el N° 06 del edificio Madrigal, ubicado entre la carrera 23 y la calle 14 de Barrio Obrero, parroquia Pedro María Morantes, San Cristóbal ¿ Estado Táchira, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Oficina N° 5, SUR: Fachada Sur del edificio, ESTE: Fachada Este del Edificio y OESTE: Fachada Oeste del Edificio.
PUBLIQUESE, REGÍSTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA PARA EL ARCHIVO DEL TRIBUNAL, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, Firmada, Sellada y Refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripc.....