VI
DISPOSITIVO
Por todas las razones anteriormente expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario De La Circunscripción Judicial Del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, conforme a las facultades establecidas en el artículo 253 de la Constitución de la República y por autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: SE DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión incoada por los ciudadanos Luz Marina Chacón de Guerra, Ana Gregoria Chacón Contreras, José Antonio Chacón Contreras, Nelida Rosa Chacón Contreras y Deipsi Elizabeth Chacón Contreras, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.344.873, V-12.755.060, V-12.755.061, V-15.353.263 y V-17.677.815, domiciliados en colón, Municipio Ayacucho del Estado Táchira, contra el ciudadano Jorge Antonio Chacón Chacón, venezolano, mayor de edad, viudo, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.123.791, domiciliado en la calle 5, Nro. B-62 del .....