III
DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, con la facultad otorgada en el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR LA PRETENSIÓN DE DESLINDE incoada por el Ciudadano EVELIO JOSÉ RUIZ DEPABLOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V ¿ 2.553.440, contra los ciudadanos OROMARIO POVEDA y CANDIDA CONSUELO POVEDA DE POVEDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V - 1.588.008 y V ¿ 5.324.171, por deslinde.
SEGUNDO: En consecuencia de lo anterior, se condena en costas a la parte demandante por haber resultado totalmente vencida, conforme a lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: En consecuencia de lo.....