IV
DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, con la facultad otorgada en el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE LA ACCION DE DESLINDE incoada por la ciudadana AIDA ELIZABETH BECERRA GARCIA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 5.029.094, contra el ciudadano ORLANDO LUNA DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V ¿ 22.675.320, por deslinde.
SEGUNDO: En consecuencia SE DEJA SIN EFECTO el lindero provisional efectuado por el Juzgado de los Cárdenas, Guasimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Municipios en fecha 26/06/2006, es decir: "el lindero Norte para el demandante y el lindero Sur para el demandado de la siguiente m.....