DISPOSITIVO
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decide:
PRIMERO: Se declara EXTEMPORÁNEA la Oposición a la Medida Innominada fechada 30 de Septiembre del presente año, hecha por la parte demandada.
SEGUNDO. Conforme a lo dispuesto en el artículo 276 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandada.
No se ordena la notificación de las partes, pues la decisión se emite dentro del lapso legal.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del tribunal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, Firmada, Sellada y Refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Al PRIMER (01) día del mes .....