V
DISPOSITIVA
Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la incidencia de tacha propuesta por la ciudadana Rafaela del Carmen Parra Varela, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.744.862, contra las letras de cambio, presentadas por el intimante ciudadano Celis Ramón Sánchez Duque, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 5.346.380, consistentes en: Letra de Cambio signada con el Nro. 1, emitida en la Grita, Municipio Jáuregui del Estado Táchira, el día 20 de enero del año 2004, para ser cancelada el día 20 de julio del 2004, a la orden de Celis Ramón Sánchez Duque, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.5.346.380, por la cantidad de CUATRO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 4.000.000,00); lugar de pago: La Grita.....