PRIMERO: declara EXTINGUIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO DE DIVORCIO, interpuesto por OMAIRA CARDENAS DE CARRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 4.436.337, domiciliada en la calle principal páramo La Laja, frente al negocio El Mirador de la Laja, Capacho, Estado Táchira, contra el ciudadano JOSE BERNARDO CARRERO BARON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 3.620.451, domiciliado en la calle 5, N° 5-132, Quinta mi Fe con Avenida Rotaria, La Castra, San Cristóbal, Estado Táchira.
SEGUNDO: Se ordena el archivo del presente expediente, en su oportunidad correspondiente.