PRIMERO: Declara SIN LUGAR la apelación interpuesta el 18 de septiembre de 2003, por la demandante CIRA ESTRELLA GUARENAS DE CABELLO, contra la sentencia de fecha 26 de junio de 2003, proferida por el Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la demanda interpuesta por la ciudadana CIRA ESTRELLA GUARENAS DE CABELLO, Venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad No. V-3.881.797 contra GRACIELA DE LA CONSOLACIÓN MONCADA NAVARRO Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.346.325, por NULIDAD DE DOCUMENTO DE VENTA CON PACTO DE RETRACTO, de un lote de terreno propio ubicado en el Junco, Aldea Capachito, Municipio Cárdenas del Estado Táchira, el cual posee un área de DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON NOVENTA DECIMETROS CUADRADOS (234,90 MTS 2), comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE:19,40 ML con parcela .....