PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana MIRIAM CASTAÑEDA CARDENAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-8.102.39, contra el ciudadano ANTONIO FILONIDAS RIVAS GUERRERO.
SEGUNDO: Se ordena de conformidad con el artículo 778 del Código de Procedimiento Civil, el nombramiento del partidor al décimo día de despacho siguiente a que conste en auto la notificación de la última de las parte que de la presente sentencia se haga a las diez de la mañana (10:00 a.m), a los fines de proceder a la partición de los siguientes bienes: 1.-) Una casa para habitación construida de paredes de ladrillo, techos de teja y riple, pisos de cemento, sala de recibo, tres dormitorios, porche, comedor, cocina y sus respectivos servicios sanitarios, cultivos de café, frutas, cacao, caña de azúcar, con una superficie de ancho de 23 metros y de frente o largo 169 metros deslindado así: OCCIDENTE: Con el camino público que conduce a macanas; SUR: Con propie.....