En mérito de las consideración anterior, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos: 2, 26, 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA OPOSICIÓN interpuesta por el abogado : JEAN CARLOS DUARTE RAMIREZ inscrito en el ipsa bajo el numero 136.747y hábil, actuando como Apoderado judicial de la parte demandada NORMA TERESA LOZADA ARAQUE , venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.V-5.030.373 y hábil.
SEGUNDO: FIRME el lindero provisional fijado por el JUZGADO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, mediante acta de fecha.....