PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 27 de febrero de 2008, por la ciudadana ISAURA LOZANO, parte demandante, debidamente asistida de abogado, contra la decisión de fecha 25 de febrero de 2008, proferida por el Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la demanda interpuesta por la ciudadana ISAURA LOZANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.678.029, contra la ciudadana MORELA MALDONADO BARBOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.463.964, por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.
TERCERO: Se condena en costas a la parte apelante de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: Se MODIFICA la sentencia apelada.