En el presente caso, se observa que la parte actora no cumplió con las obligaciones que le impone la ley para gestionar o impulsar los trámites necesarios para la intimación de la parte demandada ciudadano LUIS MANUEL BERNAL FREITES, dentro del lapso establecido, incumpliendo de esta manera una de las obligaciones que le impone la ley para la práctica de la INTIMACION de la parte demandada de conformidad con lo establecido en el artículo 267 ordinal 1º del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA en la presente causa y así se decide.
Notifíquese de la presente decisión.