PRIMERO: No existiendo oposición y vencido el lapso para efectuarla, se procede como en sentencia en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 663 del Código de Procedimiento Civil, culminando la etapa cognoscitiva del juicio y dando lugar a la etapa de ejecución.
SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 662 del Código de Procedimiento Civil, se ordena el Embargo Ejecutivo sobre el bien inmueble hipotecado: 1.-) bienhechurias que son parte de la Finca Soledad, ubicada en el Sector Las Monas, Jurisdicción de las Parroquias El Amparo y Urdaneta, Municipio Páez del Estado Apure, incluye pastos, sembrados, cercas, instalaciones físicas allí y todas sus demás adherencias, bienhechurias y dependencias que le son propias; las cuales están alinderadas de la siguiente manera: NORTE: Con predios o bienhechurias de la misma finca "La Soledad", propiedad de Dante Fontana Locatelli y/o Dante Fontana González; SUR: Con el caño La Colorada, que divide terrenos en p.....