PRIMERO: CON LUGAR, la acción de reconocimiento de unión Concubinaria incoada por el ciudadano NOE ARCANGEL ALARCON FIGUEROA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-4.700.556, contra los ciudadanos YENDER RAUL RAMIREZ, JOSE ALI RAMIREZ PULIDO y LUIS ALFREDO CONTRERAS RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-14.417.020, V-17.932.151 y V-15.027.24796.
SEGUNDO: Que los ciudadanos NOE ARCANGEL ALARCON FIGUEROA y ELVA O ELBA MARIA RAMIREZ PULIDO, vivieron permanentemente como marido y mujer desde el mes de Enero del año 1991 hasta el día 03 de septiembre de 2011.
TERCERO: Se declara la existencia de comunidad Concubinaria entre los ciudadanos NOE ARCANGEL ALARCON FIGUEROA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-4.700.556, contra la ciudadana ELVA O ELBA MARIA RAMIREZ PULIDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.685.673, desde Enero del año 1991 hasta el dí.....