PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 28 de enero de 2008, por el abogado DAVID MARCEL MORA, con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, contra la decisión de fecha 22 de enero de 2008, proferida por el Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana LAURA GARDENÍA GUTIERREZ GARCÍA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-18.091.534, contra el ciudadano HULL ACEVEDO VALERO, en su carácter de único representante del Fondo de Comercio "AGENCIA DE FESTEJOS HULL", por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.
TERCERO: Se le condena a la parte demandada al pago de la suma de DOS MILLONES CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 2.100.000,oo) o DOS MIL CIEN BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 2.100,oo), por concepto de daños y perjuicios por el uso del inmueble durante los siete (07) meses que transcurrieron desde el.....