PARTE DISPOSITIVA DE LA SENTENCIA.
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 12 del Código de Procedimiento Civil, y por autoridad de la ley, resuelve:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda interpuesta por la ciudadana BLANCA LIGIA SANCHEZ GUERRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-1.532.284, en contra de las ciudadanas CELESTINA AGUILLON DE BARRERA, CLEYDI CELESTE BARRERA AGUILLON Y ARCEL NEBEY BARRERA AGUILLON, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad No. V- 1.538.169, V- 9.209.869 y V-11.502.683, por ACCION REIVINDICATORIA.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedi.....