PRIMERO: CON LUGAR la oposición a la entrega material formulada por el Abg. JOSE HUMBERTO PORRAS MOLINA, inscrito en el IPSA No. 48.208, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano ADOLFO ALBERTO PORRAS GALLIPPOLI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No-V-14.503.793
SEGUNDO: Se REVOCA la Entrega Material decretada por este Tribunal en fecha 02 de Febrero de 2007, y en consecuencia se da por TERMINADO el presente procedimiento seguido por el ciudadano MAURICIO JAVIER MORALES ORTEGA, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-10.175.536
TERCERO: Se ordena a las partes dilucidar el presente caso por la vía ordinaria.