PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano WILTON BENAVIDES CUARTAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-10.192.538, en contra de SOCIEDAD MERCANTIL SEGUROS CARACAS DE LIBERTY MUTUAL C.A., inscrita originalmente por ante el Registro de Comercio que se llevaba por el Juzgado de Primera Instancia en lo Mercantil del Distrito Federal, en fecha 12 y 19 de mayo de 1943, bajo el No. 2134 y 2193, modificados sus estatutos siendo la última modificación inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 31 de julio de 1991, bajo el No. 6, Tomo 64-A, Sgdo y por ante la Superintendencia Nacional de Seguros bajo el No. 13, por cumplimiento de contrato.
SEGUNDO: Se ordena a la demandada SOCIEDAD MERCANTIL SEGUROS CARACAS DE LIBERTY MUTUAL C.A., cumplir con el contrato de automóvil Casco Cobertura Amplia contenido en la Póliza No. 80-56-9924436, Ramo Automóvil Casco.
TERC.....