Por todas las razones de hecho, doctrinarias, jurisprudenciales y de derecho antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo, 2 26, 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 12 del Código de Procedimiento Civil, decide:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por: ABEL GUILLERMO CHAPETA CARVAJAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.- V-11.507.555, Domiciliado en el Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, en su carácter de presidente y represéntate legal de la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA CHAPETA C.A., en contra de: LUCY MARIBEL RANGEL GAFARO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.249.826 por: RESOLUCION DE CONTRATO.
SEGUNDO: Se insta a la parte demandante a que proceda a realizar la devoluci.....