PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con los artículos 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 12 del Código de Procedimiento Civil, y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la acción de reconocimiento de unión Concubinaria incoada por el ciudadano LUIS DIONISIO ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-1.890.048, contra las ciudadanas NERVANIA CECILIA ROJAS VIVAS y WENDY PENELOPE ROJAS VIVAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-11.557.626 y 11.5589.189, respectivamente.
SEGUNDO: Que los ciudadanos LUIS DIONISIO ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-1.890.048 y la ciudadana YOLANDA MIREYA VIVAS MORA (fallecida), quien fu.....