-Se declaró Con Lugar la demanda
-Se condena al demandado a pagar al demandante:
1.- La suma de siete millones quinientos mil bolívares (Bs. 7.500.000,oo) por concepto de capital de la letra de cambio acompañada como instrumento fundamental de la pretensión.
2.- Los intereses de mora producidos por el capital de la letra a partir del día siguiente a su vencimiento, es decir, el 11 de noviembre de 2000 hasta la fecha en que se realice la experticia, calculados al interés del cinco por ciento (5%) anual, lo cual se hará a través de experticia complementaria del fallo que se realizará luego de quedar la sentencia definitivamente firme.
3.- La cantidad de doce mil bolívares (Bs. 12.000,oo) por concepto de derecho de comisión equivalente a un sexto por ciento del principal de la letra.
-Se ordena la indexación de los montos indicados
-Se condena en costas al demandado de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil