PRIMERO: SIN LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD Y LEGITIMACIÓN de la parte demandante para intentar el juicio de conformidad con el articulo 361 del Código de Procedimiento Civil alegado por la parte demandada plenamente identificado en autos.
SEGUNDO: CON LUGAR LA DEMANDA intentada por los ciudadanos: CARLOS ARTURO ARIAS LEAL y OLGA RODRIGUEZ DE ARIAS, venezolano el primero y colombiana la segunda, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V- 25.020.890 y E-455.384 domiciliado en el Piñal, Jurisdicción del Municipio Fernández Feo del Estado Táchira, en contra de: SARA AUDI CARREÑO CARVAJAL, SAUDI PAOLA ARIAS CARREÑO y RONALD ALFREDO ARIAS CARREÑO venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros: V- 9.367.750, V- 19.358.536 y V- 24.150.396 domiciliados en el Piñal Jurisdicción del Municipio Fernández Feo del Estado Táchira por ACCION DECLARATIVA DE PROPIEDAD.
TERCERO: Se reconoce frente a terceros a los demandantes CARLOS ARTURO ARIA.....