PRIMERO: CON LUGAR LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el ciudadano VICTOR MODESTO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-192.334, debidamente asistido de la abogada YAQUELINE RODRIGUEZ OROZCO, con Competencia en Materia Civil, Administrativa Especial Inquilinaria para la Defensa al Derecho a la Vivienda en contra de la ciudadana MATILDE PARADA MENESES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-23.134.455.
SEGUNDO: Se le ordena a la ciudadana MATILDE PARADA MENESES, a:
1.- Que en el lapso de 48 horas contados a partir del día siguiente al de hoy, proceda a restituir los servicios públicos de agua potable y de luz eléctrica en el inmueble que ocupa el ciudadano VICTOR MODESTO GONZALEZ, en su condición de arrendatario.
2.- A que se retire en el mismo lapso los escombros que fueron ocasionados por la demolición arbitraria, en el inmueble que ocupa la parte agraviada VICTOR MODESTO GONZALEZ.
3.- A que se re.....