PRIMERO: CON LUGAR, la acción de reconocimiento de unión Concubinaria incoada por la ciudadana MARIA DEL ROSARIO MALDONADO DURAN, colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. E-60.329.676 contra JOSE LUIS PADILLA MALDONADO, MARIA ANTONIA PADILLA DE VALENCIA y BELKYS PADILLA DE CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad No. V-18.719.080, 13.584.888 y 14.783.930
SEGUNDO: Que los ciudadanos MARIA DEL ROSARIO MALDONADO DURAN, colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. E-60.329.676 y JOSE SALVADOR PADILLA DUARTE, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-21.779.004, vivieron permanentemente como marido y mujer desde Enero de 1982 hasta el 27 de Julio de 2010.
TERCERO: Se declara la existencia de comunidad Concubinaria entre los ciudadanos MARIA DEL ROSARIO MALDONADO DURAN, colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. E-60.329.676 y JOSE SALVADOR .....