PRIMERO: LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA, al estado que la defensora ad-litem nombrada y designada por este tribunal, proceda a remitir el telegrama a través IPOSTEL, suficientemente mencionado, al ciudadano LUIS IGNACIO GARCES PACHECO, ecuatoriano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. E-81.476.810, siguiendo los lineamientos establecidos en el Tribunal Supremo de Justicia en materia de la defensa ad-litem.
SEGUNDO: La nulidad de todo lo actuado a partir de la contestación de la demanda.
TERCERO: SE ORDENA la notificación de la presente decisión a la parte demandante en la persona de su apoderada judicial y la defensora ad-litem nombrada por este tribunal.
CUARTO. Una vez conste en el presente expediente, el recibo de entrega del telegrama en el domicilio conyugal del demandado; comenzará a correr el lapso de contestación de la demanda.