PARTE DISPOSITIVA
Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en atención a los artículos 26, 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: EXTINGUIDO EL PRESENTE PROCESO DE DIVORCIO, interpuesto por el ciudadano: PEDRO ALONSO JAIMES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.-14.546.830, contra la ciudadana HELEN COROMOTO MORA DE JAIMES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.-16.166.892..
SEGUNDO: Se ordena el ARCHIVO DEL PRESENTE EXPEDIENTE, por cuanto no hay más actuaciones pendientes.
Publíquese, regístrese, y déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
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