PARTE DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR LA INTERDICION CIVIL DE MORAIMA SARA DURAN REYES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.-11.108.487 intentada por su cónyuge: FABIO CESAR SEQUEDA MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.-12.817.583.
SEGUNDO: SE DECLARA LA INHABILITACIÓN de la ciudadana: MORAIMA SARA DURAN REYES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.-11.108.487 domiciliada en el Municipio San Cristóbal, por aplicación expresa del artículo 409 del Código Civil en concordancia con el artículo 740 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Se designa como CURADORA de derecho y por tiempo indefinido a la ciudadana: LINA .....