PRIMERO: SE REVOCA la decisión proferida en fecha 17 de noviembre de 2005, por el Juzgado del Municipio Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA, al estado de que el A quo ordene que el depósito de la suma ofrecida se realice en una entidad bancaria, luego de lo cual, deberá ordenar la citación del acreedor, conforme a lo indicado en la parte motiva de la presente decisión.