Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 734 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con los artículos 396, 397 y 398 del Código Civil, DECRETA:
PRIMERO: Con lugar LA INTERDICCIÓN DEFINITIVA del ciudadano: VICTOR RAUL CHACON GUTIERREZ, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.226.856, domiciliado en San Cristóbal, Estado Táchira, por estar llenos los extremos legales a que se contraen los artículos 393 y 396 del Código Civil en concordancia con el artículo 733 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Designa como TUTORA DEFINITIVA del interdictado nombrado, a la ciudadana PRISCILLA GUTIERREZ GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.558.865 domiciliada en .....