Por los motivos expuestos, este Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA CON LUGAR la presente solicitud. En tal virtud, el acta de nacimiento N° 322, de fecha 24 de marzo de 1949, asentada originalmente en los Libros llevados por la ante la Prefectura Civil del Municipio Uribante, Estado Táchira, perteneciente a "MARIA PAULA", queda rectificada, en los Libros de Registro Civil del Estado Táchira, en el sentido de que el nombre de la solicitante es MARIA PAULA, sin "INA", y no MARIA PAULINA, con "A". Inscríbase esta sentencia en Los libros de Registro Civil del Estado Táchira y estámpesele a los libros correspondientes la nota marginal.
Expídase copia fotostática certificada de la presente decisión para los fines legales subsiguientes. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la sala de despacho del Juzga.....