En consecuencia de todo lo anterior y por cuanto el refugio temporal que le fuere asignado a la ciudadana NANCY ROSALES ABREU, ubicado en el Kilómetro 103, vía Machiques Colon, entrada a la Urbanización Hugo Chávez Frías, La Fría, Municipio García de Hevia del Estado Táchira, según oficio Nº SUNAVI CT/ 16/2017, de fecha 02 de abril de 2017, emanado de la Coordinación de la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda del Estado Táchira, no reúne las condiciones mínimas de habitabilidad, este Tribunal DECIDE:
PRIMERO: CON LUGAR la incidencia planteada por el abogado WILMER JESUS MALDONADO GAMBOA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.156.221, e inscrito en el Instituto de previsión Social del Abogado bajo el Nº 67.025, actuando en su condición de apoderado judicial de la demandada NANCY ROSALES ABREU, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.155.782.
SEGUNDO: SE SUSPENDE EL MANDAMIENTO DE EJECUCION LIBRADO EN LA PR.....