PARTE DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho señaladas, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY, actuando en sede civil, DECLARA:
PRIMERO: LA CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, ciudadana MARGARITA ISABEL VILLAMARIN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.019.870 y domiciliada en el Municipio San Cristóbal del estado Táchira, de conformidad con lo previsto en el artículo 362 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: CON LUGAR LA DEMANDA DE ACCIÓN REIVINDICATORIA, interpuesta por el ciudadano WILMER ALEXANDER RINCON CASTAÑEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.237.681 y domiciliado en el Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, contra la ciudadana MARGARITA ISABEL VILLAMARIN, venezolana, mayor de edad, titular .....