Por los razonamientos antes expuestos este, TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, DECLARA: SIN LUGAR la solicitud de reposición de la causa interpuesta por los ciudadanos MARIANELA BECERRA DE ZAMBRANO, JULIO VICENTE BECERRA CASANOVA y ELIO SAMUEL BECERRA CASANOVA, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-4.111.593, V.- 4.111.594 y V.- 2.553.840, a través de sus apoderados judiciales abogados JOSE LUIS RIVERA RIVERA y DIANA BEATRIZ CARRERO QUINTERO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 276.695 y 44.468, quienes son parte demandada en el expediente N° 20.233, llevado por este Despacho por INDEMNIZACION POR REPARACIONES MAYORES A LOCAL COMERCIAL.