PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE NULIDAD DE MATRIMONIO interpuesto por LEYDA MONICA NIETO BOGOTA, colombiana, titular de la cédula de ciudadanía No. 60.308.489, pasaporte AI223072, con permiso fronterizo No. 0000020893 de fecha 30/11/2009, expedido por el Consulado General de Venezuela en Cúcuta, Departamento Norte de Santander de la República de Colombia, domiciliada en San Antonio del Táchira, Municipio Bolívar, contra el ciudadano SERVIO TULIO OÑA RUIZ, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía No. 13.443.745, domiciliado en la Avenida Universidad, Vía Hospital Militar, No. H-5, frente a la Urbanización Villas de Montecristo, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se declara nulo de pleno derecho el matrimonio contraído por los ciudadanos SERVIO TULIO OÑA RUIZ y la ciudadana LEYDA MONICA NIETO BOGOTA, anteriormente identificados, en fecha 25 de septiembre de 1992, según Acta No. 172, y celebrado por ante la Prefectura Civil del Municipio Bolívar,.....