Este Tribunal, luego de una revisión al presente expediente, y en aplicación de los principios procesales contemplados en los artículos 11, 14 y 60 del Código de Procedimiento Civil, encuentra necesario para el mejor funcionamiento de la Administración de Justicia y a fin de garantizar el Debido Proceso y la Celeridad Procesal en la presente causa, en vista de la copia simple de la Partida de nacimiento del menor Rodolfo Efraín Hernández, quien es hijo del De Cujus Rodolfo Hernández Porras quien fuera parte demandada en el presente proceso y en vista de lo contemplado en la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente en su artículo 177 que expresamente señala "El juez designado por el presidente de la Sala de juicio, según su organización interna, conocerá en primer grado de las siguientes materias: ... Parágrafo Segundo: ... c) Demandas contra niños y adolescentes;...", y siendo que el menor Rodolfo Efraín Hernández, entró en la presente causa como heredero del demandado, e.....