Vistas las exposiciones anteriores, éste Tribunal conforme al artículo 868 del Código de Procedimiento Civil, circunscribe la fijación de los hechos y los límites de la controversia en los siguientes aspectos:
a) Si el accidente de tránsito fue causado por una maniobra imprudente hecha por el co demandado conductor del vehículo;
b) Si proceden o no todas las indemnizaciones por los diferentes daños originados reclamados por el actor;
c) si el co demandado JOSÉ LUIS ROA ÁVILA es o no el propietario del vehículo involucrado en el arrollamiento que sufrió el demandante, según documento que le acredite tal carácter;
d) si en la ocurrencia del accidente, tuvo culpabilidad el demandante de autos;
A tal efecto, las partes dispondrán un lapso de cinco (5) días de despacho, para promover las pruebas que consideren conducentes a demostrar las situaciones antes señaladas; lapso que empezará a transcurrir una vez conste en los autos, la última notificación practicada.
Notifí.....