En tal virtud, este Tribunal visto que el presente requisito queda plenamente demostrado por cuanto el Juzgado Cuarto Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño y del Adolescente, Agrario y Bancario de esta Circunscripción Judicial, arguye en su motiva que de prosperar la acción intentada por la parte actora le causaría lesiones graves y hasta la imposible reparación ya que el demandado puede disponer de los bienes que se le adjudicaron y que la demandante pretende vuelva al estado de la partición, quien aquí juzga considera demostrado el tercer requisito. Así se decide.
En consecuencia, llenos como se encuentran los requisitos de procedencia para decretar la medida innominada, y tomando en cuenta lo expuesto por el Juzgado Primero Superior Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, en Sentencia de fecha 26/11/2010, en la cual la Juzgadora dejo sentado que en materia de medidas, el .....