PRIMERO: sin lugar la demanda de Prescripción Adquisitiva, intentada por los ciudadanos CARLOS LÓPEZ VARGAS y MARÍA DEL TRÁNSITO REYES TORRES, venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad No. V-23.167.275 y V-22.673.139, domiciliados en la Carrera 7, No. 7-48, Barrio Rómulo Gallegos, Aguas Calientes, Parroquia Nueva Arcadia, Municipio Pedro María Ureña del Estado Táchira, en contra del ciudadano LUIS MARÍA AVENDAÑO, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No. V-1.067.871, domiciliado en Caracas, Distrito Capital, sobre las mejoras construidas sobre terreno ejido ubicadas en la Carrera 7, No. 6-176, lote de terreno ejido con medidas de 30 metros por 80 metros aproximadamente.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante de acuerdo al supuesto genérico de vencimiento total, de conformidad con lo disciplinado en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil por haber resultado totalmente vencida.
TERCERO: Notifíquese a las partes de la prese.....