PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda de Reconocimiento de Unión Concubinaria, interpuesta por la ciudadana ROSA DEL CARMEN RINCON MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 4.627.248, domiciliada en la Calle 2, No. 32, Luis Moncada, San Josecito, Municipio Tórbes del Estado Táchira, contra los ciudadanos DARSY SHESSENIA, DANIELA DEL CARMEN, PABLO DANNISON Y DEXI TERESA BUITRAGO RINCON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad No. V- 14.205.256, V- 15.503.945, V- 16.612.152, V- 17.886.442, de este domicilio y hábiles, continuadores jurídicos del causante PABLO DE LA CRUZ BUITRAGO.
SEGUNDO: Se DECLARA JUDICIALMENTE RECONOCIDA la relación concubinaria que existió entre los ciudadanos ROSA DEL CARMEN RINCON MORENO, y el ciudadano PABLO DE LA CRUZ BUITRAGO ( hoy premuerto), venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad No. V- 4.627.248 y V- 5.728.204, desde el año 1978 hasta el 28/10/1988.
TERCERO: .....