este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA INTERDICCION PROVISIONAL de la ciudadana ROSA ACEVEDO DE PRATO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 1.574.990, domiciliada en la Avenida Ferrero Tamayo, Edificio Conjunto Residencial Los Cedros, Torre A, Piso P/B, Apartamento PB-02, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira. En consecuencia se nombra como TUTORA INTERINA, a la ciudadana PRATO ACEVEDO GLADYS ESPERANZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 6.016.599, de este domicilio y hábil, a quien se acuerda notificar a los fines de su aceptación y juramento. Finalmente una vez se haya juramentado el Tutor Interino mencionado, se ordena proseguir el juicio por los trámites del procedimiento ordinario, quedando a partir de ese momento el procedimiento abierto a pruebas de conformidad con lo establecido en el artículo 734 del Código de Procedimient.....