El Juzgado segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira declaro
CON LUGAR la demanda propuesta por los ciudadanos PAREDES MARQUINA NEMECIA Y NOGUERA MORA PEDRO ANTONIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.578.150 y V-8.487.960 respectivamente, domiciliados en el Sector Los Atillos, casa sin numero, sector los Rastrojos, Parroquia Cárdenas, Municipio Uribante, Estado Táchira, contra el ciudadano EROS MERLANTI VERGANI, de nacionalidad Italiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E- 541.872, con domicilio en San Agaton Municipio Pregonero del Estado Táchira, en su condición de legítimo propietario del inmueble, ubicado en Urbanización Aldea Los Rastrojos, Parroquia, Cárdenas, Municipio Uribante, Entidad Federal, Táchira, y se encuentra alinderado así: FRENTE: La vía carretera, FONDO: Cerca de alambre de púas lindando terreno hoy de Gabriel Bustamante, LADO IZQU.....