Por los fundamentos expuestos, este Tribunal declara sin lugar la denuncia de fraude procesal, opuesta por el demandado ciudadano Edgard Eugenio Chaparro González, en contra del demandante ciudadano Gustavo Adolfo Chaparro Porras, tal y como se hará de forma expresa, positiva y precisa en el dispositivo de la presente decisión. Y así se decide.
Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira administrando e impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la denuncia de fraude procesal incoada por el ciudadano EDGARD EUGENIO CHAPARRO GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad número V-3.312.211 contra el ciudadano GUSTAVO ADOLFO CHAPARRO PORRAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-11.494.073.
SEGUNDO: una vez quede firme la presente decisión, se ordena OF.....