PRIMERO: CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano ELIO BAUTISTA BAUTISTA, venezolano, titular de la cédula de identidad número V-2.887.677, domiciliado en la ciudad de Rubio, Municipio Junín del Estado Táchira, en contra de la empresa CAFEA, C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, originalmente bajo la denominación LIOFILIZADORA DEL SUROESTE, C. A. (LISOCA) bajo el N° 43, Tomo 3-A, de fecha 24 de enero de 1991, reformada en esa misma Oficina Registral bajo el N° 60, Tomo 1 1-A, en fecha 01 de junio de 1999 y finalmente reformado sus Estatutos Sociales por ante la Oficina de Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 17 de mayo del 2000, bajo el N° 32, Tomo 9-A, cuyo representante estatutario es el ciudadano PHILIPP CARL HEINRICH MARTENS KOHNCKE, quien es venezolano, mayor de edad, casado, domiciliado en Rubio, Estado Táchira, titular de la cédula de identidad .....