DECLARA CON LUGAR, el Divorcio POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMÚN de los ciudadanos LUIS ENRIQUE SUESCUN Y HORTENSIA HURTADO MONCADA , titulares de la cedulas de Identidades Nº V.-3.009.946 Y V.-5.215.828, de las características dichas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil, queda disuelto el vínculo conyugal contraído entre ellos, Según Acta Nº 607 de fecha Veintiocho (28) de Septiembre de 1981 ante la Primera Autoridad Civil de la parroquia Sucre, Departamento Libertador del Distrito Federal.