este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, las declara suficientes para asegurarle al ciudadano JOSE SILVERIO PEREZ GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-160.750, domiciliado en Seboruco, Municipio Seboruco del Estado Táchira, sus derechos de propiedad y posesión sobre las mejoras construidas a sus únicas y exclusivas expensas sobre un terreno propiedad de la Sucesión Braulio Elías Pérez Méndez, consistentes en una vivienda familiar de dos plantas ubicada en la calle 4 con carrera 3 N° 3-06, Seboruco, Municipio Seboruco del Estado Táchira, PLANTA BAJA: Construido en un área de (97,12 mts2) y consistentes de dos habitaciones, sala, antesala, un baño con piso y paredes de cerámica, cocina empotrada, comedor, lo anterior con piso de cerámica y paredes frisadas y pintadas, instalación eléctrica empotrada, instalaciones de aguas blancas y aguas servidas, techos en parte de teja y c.....