Con fuerza de los razonamientos antes expuestos, tanto de hecho como de derecho, ateniéndose a lo alegado y probado en autos y sin sacar elementos de convicción fuera de ellos, ni suplir excepciones o argumentos de hecho no alegados ni probados, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA VENTA, intentada por KIRLA YUSMEY DURÁN, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad No. V-14.041.621, domiciliada en San Josecito, Municipio Torbes del Estado Táchira y hábil, contra el ciudadano MACARIO FRANCISCO ALEAN MARTELO, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, con cédula de identidad No. E-81.506.980, del mismo domicilio de la demandante, contenido en el documento autenticado por ante la Notaría Pública Primera de San Cri.....