PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Cobro de Bolívares Procedimiento de Intimación, interpuesta por las ciudadanas MARISELA ORRAIZ DE SANCHEZ y MARIA TIBISAY UGARTE DE MORENO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.211.775 y 9.227.174, en su orden, de este domicilio y hábiles, actuando con el carácter de Endosatarias en Procuración del ciudadano GUSTAVO ALBERTO ONTIVEROS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-10.191.891, de este domicilio y hábil contra EMPRESA MERCANTIL SUBTERRANEA ANDINA C.A., inscrita en el Registro Mercantil Tercero del Estado Táchira, en fecha 11 de octubre de 1983, bajo el N° 17, Tomo 16-A, Representada por el ciudadano EUGEN WACHTLECHNER, y ciudadano EUGEN WACHTLECHNER, Austriaco, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-81.403.985, de este domicilio y hábil.
SEGUNDO: Se ordena a la parte demandada a pagar a la demandante la cantidad de NUEVE MILLONES DE BOLÍVARES (Bs......