DECLARA CON LUGAR el Divorcio POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMUN de los ciudadanos LUIS ANTONIO LABRADOR CARDENAS y ANA VICTORIA MALDONADO, de las caracteristicas dichas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil, queda disuelto el vínculo conyugal contraído entre ellos por ante la Prefectura del Municipio Rubio Distrito Junín del Estado Táchira, en fecha once (11) de octubre de 1979, según consta en Acta de Matrimonio N° 239